¿Cuales son los Derecho del Consumidor?
La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero cuenta con la Dirección de Derechos del Consumidor Financiero cuya función es disminuir las asimetrías en la relación entre Entidades de Intermediación Financiera y consumidores financieros, promoviendo la difusión y el ejercicio de estos derechos.
La protección de los derechos del consumidor financiero están enfocados a velar porque las Entidades de Intermediación Financiera ofrezcan y garanticen un servicio con calidad respetando las condiciones pactadas, proporcionen elementos para lograr relaciones más seguras y equitativas, difundan información suficiente y clara sobre sus productos, servicios, derechos y deberes adquiridos, atiendan los reclamos con calidad, oportunidad y se identifiquen claramente los motivos que los originaron a efectos de realizar acciones preventivas.
Para ello, se ha identificado tres derechos que sustentan las acciones de la Dirección de Protección de los Derechos del Consumidor Financiero:
- 1.- Derecho a elegir: El consumidor financiero tiene derecho a recibir toda la información necesaria para seleccionar el producto y/o servicio que mejor se ajuste a sus necesidades.
- 2.- Derecho a recibir Servicio de Calidad: El consumidor financiero tiene derecho a que el producto o servicio que seleccione sea proporcionado por la entidad supervisada en las mejores condiciones de calidad, trato respetuoso y respeto a las condiciones pactadas.
- 3.- Derecho a Reclamar: El consumidor financiero tiene derecho a presentar su reclamo y que éste sea atendido en forma eficiente y oportuna.
Derechos del Consumidor Financiero de acuerdo al artículo 74 de la ley de Servicios Financieros 393
- Al acceso a los servicios financieros con trato equitativo, sin discriminación por razones de edad, género, raza, religión o identidad cultural.
- A recibir servicios financieros en condiciones de calidad, cuantía, oportunidad y disponibilidad adecuadas a sus intereses económicos.
- A recibir buena atención y trato digno de parte de las entidades financieras, debiendo éstas actuar en todo momento con la debida diligencia.
- A recibir información fidedigna, amplia, íntegra, clara, comprensible, oportuna y accesible de las entidades financieras, sobre las características y condiciones de los productos y servicios financieros que ofrecen.
- Al acceso a medios o canales de reclamo eficientes, si los productos y servicios financieros recibidos no se ajustan a lo dispuesto en los numerales precedentes.
Además de los determinados en el Artículo 74 de la LSF, los consumidores financieros según el Reglamento de Protección del Consumidor de Servicios Financieros tienen derecho a:
- A la confidencialidad, con las excepciones establecidas por Ley.
- A efectuar consultas, peticiones y solicitudes.
- Otros derechos reconocidos por disposiciones legales y reglamentarias.
- Recibir educación financiera
- Ser informados sobre sus derechos y las instancias de protección establecidas para la defensa de los mismos
- Ser informados sobre las entidades que se encuentran autorizadas para la prestación de servicios financieros.
- Elegir el servicio financiero que mejor se ajuste a sus necesidades y posibilidades, pudiendo exigir explicaciones verbales y/o escritas que le posibiliten la toma de decisiones.
- Acceder a los servicios financieros ofrecidos por las entidades financieras en los términos instaurados en los contratos suscritos, los cuales deben respetar las condiciones generales incluidas en la documentación informativa, ofertas o publicidad difundida.
- Suscribir contratos que contengan cláusulas claras, legibles, unívocas y comprensibles
- Solicitar, en el marco de lo establecido en la Ley N° 807 de Identidad de Género de 21 de mayo de 2016, el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen en todos los registros y/o documentos que mantengan las entidades financieras, con la sola presentación del certificado de nacimiento o la cédula de identidad resultante de la Resolución Administrativa, emitida por el Servicio de Registro Cívico (SERECI).
DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO
- Escoger el Bien de tu preferencia para tu uso y goce.
- Que la empresa arrendadora sea responsable de todo el proceso de importación, en caso de que el bien elegido se encuentre en otro país.
- Obtener la propiedad del bien con el pago del valor residual, al momento de ejercer la opción de compra.
- Realizar pagos anticipados.
- Recibir la información sobre todos los usos, aplicaciones, beneficios y riesgos que implica una operación de arrendamiento financiero.
- Preguntar y absolver todas tus dudas con relación al servicio de arrendamiento financiero.
- Recibir atención digna, personalizada y respetuosa que ofrezca asesoría, orientación y aclaración en el servicio de arrendamiento financiero.
- Recibir información clara, veraz, suficiente y precisa sobre el servicio de arrendamiento financiero.
- Exigir que el servicio sea proporcionado en las condiciones pactadas.
- Recibir un ejemplar del contrato de arrendamiento financiero, al momento de la firma.
- Que la información entregada a la empresa arrendadora sea protegida y confidencial.
- Contar con la protección de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI.
- Recibir la información necesaria y oportuna sobre tus derechos como consumidor financiero.
OBLIGACIONES DE LOS CONSUMIDORES DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO
- Pagar todas las cuotas de arrendamiento financiero y el valor residual en los plazos convenidos.
- Hacer un correcto uso del bien y conservarlo en un buen estado de funcionamiento.
- Permitir la inspección del bien y de la actividad económica cuando sea requerido por la entidad financiera y otros.
- Mantener el bien coberturado con una póliza de seguro durante el plazo de la operación de arrendamiento financiero.
- Mantener actualizada la información económica financiera y otra información que sea requerida por la entidad financiera.
- Restituir el bien a la empresa arrendadora en condiciones óptimas, si no ejerces la opción de compra al término del contrato.
- Cumplir con las condiciones y términos estipuladas en el contrato de arrendamiento financiero.